Censo pescadores de angula.
Consejería:
Consejería de Medio Rural Pesca y Alimentación
Dirección General:
Dirección General Pesca y Alimentación
Descripción:
Creación del censo de pescadores de angula
Tipo procedimiento:
Registros Administrativos
Tipo de Inicio:
Instancia de parte
Tipo de destinatario:
Ciudadanas/os Personas Físicas y Personas Jurídicas
Requisitos:
Mayor de 18 años y menor de 65 años, salvo excepciones.
Documentación:
DNI. Vida laboral.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
10 días desde la publicación de la Orden reguladora.
Fecha:
06 de octubre del 2017
Lugar presentación :
Cualquier oficina de registro del Gobierno de Cantabria, o cualquiera de los medios previstos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002 y registros telemáticos.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Dirección General de Pesca y Alimentación /Orden MED/36/2017, de 1 de septiembre, por la que se crea el Censo de Pescadores de Angula y se regulan las condiciones de acceso y permanencia en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director General de Pesca y Alimentación /Ley de Cantabria 6/2002.
Plazo de resolución:
3 meses.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Desestimatorios.
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de alzada/1 mes/ Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación.
Normativa:
Orden MED/36/2017, de 1 de septiembre, por la que se crea el Censo de Pescadores de Angula y se regulan las condiciones de acceso y permanencia en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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