Plan Estratégico de Prevención y Lucha contra Incendios Forestales 2017-2020 (PEPLIF)
Documento divulgativo
INFORMACIÓN ASOCIADA A LA MESA PARA LA PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA INCENDIOS FORESTALES - 21 DE OCTUBRE DE 2020
INFORMACIÓN ASOCIADA A LA MESA PARA LA PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA INCENDIOS FORESTALES - 30 DE JULIO DE 2020
INFORMACIÓN ASOCIADA A LA MESA PARA LA PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA INCENDIOS FORESTALES - 30 DE ENERO DE 2020
INFORMACIÓN ASOCIADA A LA MESA PARA LA PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA INCENDIOS FORESTALES - 11 DE ABRIL DE 2019
ORDEN POR LA QUE SE REGULAN LAS QUEMAS CONTROLADAS Y PRESCRITAS
Orden MED/2/2021 de 9 de marzo por la que se regulan las quemas controladas y prescritas en la Comunidad Autonoma de Cantabria
Triptico explicativo
Con esta Orden, entre otras cosas, se intenta regular y facilitar la obtención de la autorización para realizar una quema controlada.
-
Si va a realizar una quema en terrenos rústicos, a más de 100 metros de distancia de monte, solo necesita presentar una declaración responsable, que una vez rellenada deberá registrar para su remisión a la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería; Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
Si es así, pinche aquí
-
Si va a realizar una quema en terrenos rústicos, a menos de 100 metros de distancia de monte, necesita presentar una declaración responsable, que una vez rellenada deberá registrar para su remisión a la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. En este caso, necesita además un informe favorable de un Agente del Medio Natural de su comarca. Es necesario contar con dicho informe antes de registrar la declaración responsable.
Si es así, pinche aquí
-
Si el Agente del Medio Natural ha informado desfavorablemente la quema en terrenos rústicos, a menos de 100 metros y, tras subsanar los motivos por los que no se autorizó la quema, desea solicitarla de nuevo.
Si es así pinche aquí
Independientemente de que se trate de matorral o restos de corta, si va a realizar una quema dentro de monte, se podrá optar por solicitar una quema simplificada o una quema estándar, en función de las condiciones de riesgo que se detallan en la Orden.
-
Si se opta por solicitar una quema simplificada, recuerde que deberá contar dentro del equipo con al menos una persona acreditada por el título correspondiente.
Si opta por una quema simplificada, pinche aquí
-
Si se opta por solicitar una quema estándar, recuerde que debe presentar Plan de Quema elaborado por profesional con titulación forestal universitaria, cuyo contenido se desarrolla en la Orden citada.
Si opta por una quema estandar, pinche aquí